E-1 y E-2 Inversionistas
La clasificación E-2 está autorizada si usted es un extranjero de un
país con el cual los Estados
Unidos tiene un tratado comercial y está
viniendo a los Estados Unidos únicamente para
dirigir y desarrollar las operaciones de una empresa en la cual tiene
inversiones, o participa activamente en el proceso de invertir, una
cantidad substancial de capital. La inversión relacionada debe colocar
el capital que le pertenece y que usted controla, y el cual adquirió
legalmente, en riesgo comercial con objetivo de conseguir ganancias, y
sujeto a pérdida si la inversión fracasa.
Criterios de elegibilidad
Para ser elegible para esta clasificación, usted debe demostrar que:
Usted
es
un
extranjero
de
un
país
con
el
cual
los
Estados
Unidos
un
tratado o acuerdo
Usted
(o
en
el
caso
de
un
empleado
de
un
inversionista
de
tratados
que
solicita
la
clasificación
E-2,
el
dueño
de
la
empresa
de
tratado)
dirigirá
o
desarrollará
la
empresa.
Usted
debe
demostrar
que
controla
la
empresa
demostrando
ser
dueño
de
por
lo
menos
el
50%
de
la
empresa,
procesando
control
operacional
a
través
de
un
puesto
de
gerencia o otro medio corporativo o por otros medios
Usted
ha
invertido
o
está
activamente
envuelto
en
el
proceso
de
invertir en la empresa
La
inversión
es
substancial,
o
sea
suficiente
para
asegurar
su
compromiso
financiero
en
el
éxito
de
la
operación
de
la
empresa
y
lo
suficientemente
grande
para
apoyar
la
posibilidad
de
que
usted
dirigirá
y desarrollará la empresa
La empresa de inversión no es una empresa marginal
Usted
será
empleado
con
un
cargo
de
ejecutivo
o
supervisor,
o
posee
habilidades
que
son
altamente
especializadas
y
esenciales
para
la
operación
de
la
empresa
comercial,
si
usted
no
es
el
inversionista
principal.
Los
trabajadores
ordinarios
con
o
sin
habilidades
especiales
que
no
tengan
una
habilidad
única
o
esencial
no
califican
si
no
son
el
inversionista principal
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